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13. Constitución y funciones del comité de créditos

Son funciones del Comité de Crédito, sin perjuicio de las disposiciones legales y estatutarias:

  1. Cumplir y hacer cumplir los requisitos reglamentarios y legales, en el proceso de aprobación de créditos.
  2. Aprobar los créditos en función del Reglamento de Crédito y los procedimientos establecidos.
  3. Respetar y mantener el carácter confidencial de la información.
  4. Garantizar la objetividad del análisis en busca de minimizar el riesgo.
  5. Atender los reclamos y las observaciones que los socios presenten, en materia de créditos.
  6. Revisar periódicamente la morosidad de la cartera de créditos.
  7. Hacer llegar al Consejo de Administración y a la Gerencia, sus recomendaciones para el mejoramiento del reglamento, el manual de créditos, los procedimientos y las políticas de crédito.
  8. Asentar en acta todo lo actuado.
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