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8. Tipos de créditos y sus características generales

De acuerdo con lo que establece el Marco Regulatorio, los tipos de crédito de la COOPERATIVA CIUDAD INDUSTRIAL LTDA., se clasifican de la siguiente manera:

1) Créditos Normales

Son aquellos destinados a gastos de consumo, capital de trabajo o inversión, cualquiera sea la garantía de estos. A continuación, se detallan los créditos que componen este segmento:

  1. SEGÚN LA GARANTÍA
    • A Sola Firma
    • Con Codeudoría
    • Con Garantía de Ahorro
    • Prendarios
    • Hipotecarios
    • Con débito automático de salario
  2. SEGÚN EL DESTINO (RES. 21.666/2020 INCOOP)
    • Consumo: su objeto es financiar la compra de bienes de consumo o pagar servicios. En este grupo se encuentran todas aquellas operaciones de crédito destinadas a satisfacer necesidades personales. Se trata de créditos solicitados por un socio cuyo destino es la adquisición de un automóvil, un televisor, los muebles de una casa, los gastos de una boda, realización de viajes, entre otros.
    • Salud: su objeto es financiar la compra de medicamentos y/o el pago de servicios médicos.Vivienda: su objeto es financiar la compra, ampliación, reparación o construcción de viviendas por parte del socio, así como la compra de terrenos para tal efecto.
    • Microempresas: su objeto es financiar actividades en pequeñas escalas de producción, comercialización o servicios, cuya fuente principal de pago la constituye el producto de las ventas o ingresos generados por dichas actividades. (Préstamos profesionales, negocios comerciales, capital operativo, compra de insumos, inversiones). La microempresa es aquella formada hasta un máximo de 10 personas y una facturación anual hasta Gs. 500 millones (Artículo 5 de la Ley N° 4.457/12 “Para las micro, pequeñas y mediana empresas”)
    • Pequeñas empresas: su objeto es financiar actividades en pequeñas escalas de producción, comercialización o servicios, cuya fuente principal de pago la constituye el producto de las ventas o ingresos generados por dichas actividades. (Préstamos profesionales, negocios comerciales, capital operativo, compra de insumos, inversiones). Como pequeña empresa será considerada aquella que facture anualmente hasta Gs. 2.500 millones y ocupe a treinta trabajadores (Artículo 5 de la Ley N° 4.457/12 “Para las micro, pequeñas y mediana empresas”).
    • Medianas empresas: su objeto es financiar actividades en pequeñas escalas de producción, comercialización o servicios, cuya fuente principal de pago la constituye el producto de las ventas o ingresos generados por dichas actividades. (Préstamos profesionales, negocios comerciales, capital operativo, compra de insumos, inversiones). Como mediana empresa será considerada aquella que facture anualmente hasta Gs. 6.000 millones y ocupe hasta cincuenta trabajadores (Artículo 5 de la Ley N° 4.457/12 “Para las micro, pequeñas y mediana empresas”).
    • Educación: su objeto es financiar la compra de bienes o pagar servicios relacionados a la educación (por ejemplo: compra de útiles escolares, uniformes, libros, pago de cursos, seminarios).Agropecuario: su objeto es financiar aquellas actividades productivas relacionadas a la agricultura y/o ganadería.Industrial: su objeto es financiar aquellas actividades productivas relativas al sector industrial.
    • Otros: se refiere a los diversos créditos no especificados con anterioridad.
    • Refinanciados: son aquellos créditos vencidos que vuelven a ser objeto de un nuevo crédito introduciendo cambios en las condiciones iniciales de financiamiento ya otorgado. Lo habitual es que el refinanciamiento consista en una reducción de la cuota que se paga, permitiendo que el deudor pague el préstamo en un plazo más extenso. Estos créditos deben subclasificarse en: consumo, salud, vivienda, micros y pymes, educación, tarjetas de créditos, agropecuarios, industriales u otros, de acuerdo con el destino establecido en el crédito inicial.
    • Tarjetas de créditos: da la posibilidad a una persona de realizar compras sin contar con el efectivo, contrayendo automáticamente una deuda con la entidad emisora de esta. El uso de las tarjetas puede ser para compra al contado, compras a crédito y/o retiro de efectivo.
  3. SEGÚN LA DENOMINACIÓN DEL PRODUCTO, SE CLASIFICAN LOS CRÉDITOS EN:

La Cooperativa aplica el formato de ficha técnica que se encuentra detallado en un Anexo que va adjunto a este documento. VER ANEXO  7

2.) Tarjetas de Crédito

Se constituye en una línea de crédito destinada a satisfacer las necesidades de los socios, de contar con un medio de pago y además como medio de financiación hasta el límite del monto concedido.

3) Vivienda

Destinados a satisfacer la necesidad de vivienda propia de los socios y sus familias. Podrá otorgarse para la construcción, ampliación, mejora o compra de viviendas.

La Cooperativa solicitará garantías reales o personales cuando lo considere necesario para cualquiera de los tipos de créditos.

En los tres (3) tipos de créditos, la entidad deberá identificar los que son concedidos a los miembros de sus estamentos electivos y comités auxiliares, así como a sus gerentes, empleados y respectivos cónyuges.

SEGÚN EL PLAZO DE SU OTORGAMIENTO SE CLASIFICAN EN:

  • Corto Plazo: Créditos de hasta doce (12) meses de plazo.
  • Largo Plazo: Créditos a plazos mayores a doce (12) meses.

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