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De la función, Organización y Objetivos del Comité de Solidaridad
Fundamento
El Comité de Solidaridad fue creado conforme a la disposición de Art. 114 del Estatuto Social, con la finalidad de administrar y responder a una política social. Sus facultades se circunscriben a atender los servicios de solidaridad creados y a crearse en la Cooperativa.
Objetivo
- Desarrollar el espíritu cooperativo de solidaridad, basado en el esfuerzo propio y la ayuda mutua.
- Prestar asistencia económica por beneficios, subsidios o servicios sociales sobre la base del Principio de Equidad y Espíritu de Solidaridad Cooperativo.
- Informar a los socios sobre sus derechos y obligaciones solidarias.
- Proponer la mejora continua de los beneficios, subsidios, servicios de solidaridad y su correcta aplicación.
Fondos
El fondo de este servicio está conformado por las cuotas mensuales que son obligatorias para todos los socios y cuyo monto de suscripción anual es determinado por la Asamblea. Así mismo, la Asamblea determinará el monto de suscripción para beneficiarios anexos, que opcionalmente cada socio puede abonar para beneficios de los padres o terceros no socios de la cooperativa.
Funciones
- El Comité de Solidaridad ejercerá sus funciones de acuerdo con los Estatutos Sociales de la Cooperativa Ltda., a este reglamento y a las normas establecidas por el Consejo de Administración.
- Impulsará la ampliación y mejoramiento permanente del servicio de solidaridad.
- Implementará los medios adecuados para el fiel cumplimiento de los fines propuesto.
- Evaluará el servicio tercerizado en forma periódica o cuando la situación lo amerite, elevando informe al Consejo de Administración a fin de garantizar al socio un mejor servicio.