De los Premios
Premios por Culminación de Estudios
Art. 10º Los premios por culminación de estudios le corresponderán únicamente al socio Titular y serán premiados los siguientes niveles académicos con los requisitos establecidos para cada caso.
Art. 11° Estudios Terciarios: Las carreras terciarias se dividen básicamente en Tecnicaturas (carreras técnicas) y Profesorados (carreras docentes). Las Tecnicaturas otorgan títulos de Técnico Superior, Instructor, Analista, Especialista, Auxiliar, Diseñador, Traductor y otros equivalentes, en diferentes especialidades. Los Profesorados otorgan títulos para ejercer la docencia en los niveles inicial a terciario de la enseñanza oficial.
Conforme al Ministerio de Educación y Ciencias, los cursos de tecnicatura superior tienen una duración total de 2 años (2.000 horas cátedra entre teoría y práctica) además los alumnos realizan 500 horas de pasantías en una empresa, de acuerdo a la formación.
a. El premio otorgado es de 150.000gs (guaraníes ciento cincuenta mil)
b. Requisitos:
- El/la socio/a deberá tener un año (1 año) de antigüedad.
- Presentar el Certificado/Diploma/Título original o copia autenticada, visado por el Ministerio de Educación y Ciencias.
- Cédula de Identidad policial.
Art. 12° Estudios Universitarios: Se consideran cuando se otorgan títulos de grado otorgado por una Universidad: Licenciatura, Abogacía, Contador Público, Ingeniería, Arquitectura.
a. El premio otorgado es de 300.000gs (guaraníes trecientos mil)
b. Requisitos:
- El/la socio/a deberá tener un año (1 año) de antigüedad.
- Presentar el Título original o copia autenticada, visado por el Ministerio de Educación y Ciencias.
- Cédula de Identidad policial.
Art. 13° Estudios de Postgrado: Se consideran estudios de postgrado aquellas carreras que tienen como base un estudio de grado (universitario) y pueden ser de tres niveles:
- Especialización: Modalidad que ofrece un perfeccionamiento profesional específico de una carrera, siendo su requisito de entrada el título de grado en correspondencia con el área de la especialidad. Se otorgará el título de “Especialista en ….” o “Técnico Superior Especializado en …” seguido del nombre de la especialidad.
- El premio otorgado es de 200.000gs (guaraníes doscientos mil)
- Maestría: Ciclo académico de especialización sobre un campo disciplinario en específico. Es un programa de postgrado con una duración mínima de 2 años con elaboración de Tesis, cursado después de los estudios universitarios.
- El premio otorgado es de 350.000gs (guaraníes trecientos cincuenta mil)
- Doctorado: El Doctorado es la máxima titulación universitaria que conduce a la obtención del título de doctor o doctora, tiene carácter oficial y validez avalado por el MEC.
- El premio otorgado es de 500.000gs (guaraníes quinientos mil)
Para los premios de estudios de postgrados se establecen los siguientes requisitos:
- El/la socio/a deberá tener un año (1 año) de antigüedad.
- Presentar el Título original o copia autenticada, visado por el MEC.
- Cédula de Identidad policial.
- No se considera como Postgrado y estudios terciarios aquellos estudios de actualización y/o conferencias y seminarios.
- Para la presentación de estos premios se contempla un plazo máximo de 90 (noventa) días posterior a la fecha del último examen aprobado, y/o la aprobación de la tesis, en caso de que la carrera exija su presentación.
Premio por Matrimonio
Art. 14º Se establece un premio de guaraníes: Trescientos mil (300.000) para el socio que contrae matrimonio válido.
Art. 15º Para el caso de que ambos contrayentes sean socios, ambos tendrán derecho a solicitar el premio por separado.
Art. 16º Para acceder al premio se deberá presentar:
- La solicitud proveída por la Cooperativa, correctamente completada y en el caso de que ambos cónyuges sean socios, deberán presentarlas por separado.
- Presentar el original del Certificado de Matrimonio expedido por el Registro del estado Civil de las Personas.
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- El socio deberá tener un año (1 año) de antigüedad para acceder a este premio.
- Presentar la solicitud máxima hasta 90 (noventa) días posteriores a la fecha de contraer matrimonio según constancia expedida por el Registro Civil.
Premios por Nacimiento y/o Adopción Plena
Art. 17º Se establece un premio de Gs. 300.000 (trecientos mil), al socio, por cada hijo nacido vivo o adoptado plenamente.
Art. 18º En el caso que ambos padres sean socios, tendrán derecho a solicitar el premio por separado.
Art. 19º Para acceder al premio por nacimiento, el socio deberá tener un año (1 año) de antigüedad y deberá presentar la solicitud en un plazo no mayor de noventa días (90) a partir de la fecha del acontecimiento, los siguientes documentos:
- La solicitud de solidaridad
- Certificado de Nacimiento expedido por el Registro Civil de las Personas.
- En el caso de adopción plena, sentencia judicial firme y ejecutoriada.