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Capitulo IV: Del Régimen Patrimonial

Art. 23° Constitución del patrimonio.

El patrimonio de la Cooperativa, se constituye con:

  1. El aporte integrado por los socios;
  2. Los fondos de reservas previstos en la Ley de Cooperativas, este Estatuto y los que crearen las asambleas para fines específicos; y
  3. Las donaciones, legados, subsidios y recursos análogos que reciba, aceptados por el Consejo de Administración.
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